tutela

Tutela y Como funciona Esta Figura Juridica ≫ Consulta Aqui.

 

Tutela

Hoy vamos a hablar de la tutela, primero definiendo que es la tutela, vamos a ver quiénes son los sujetos en la tutela, el sujeto activo y el sujeto pasivo, después vamos a hablar de las clases de tutela que existen, vamos a hablar de los derechos y obligaciones del tutor y de algunas instituciones u órganos que ayudan a la tutela o ayudan con el tutor.

Definición

Primero que nada, tenemos que definir qué es la tutela, es una institución jurídica que tiene como objeto la representación, asistencia, y administración de los bienes de los mayores de edad incapacitados y de los menores de edad que no están sujetos a la patria potestad.

Esa es la definición de qué es la tutela, como resumen podríamos decir que es la representación de asistencia de los mayores de edad incapacitados, como los menores de edad no sujetos a patria potestad.

Pero lo primero que nos podremos preguntar es cuando no están sujetos a patria potestad, siendo esta correspondida por ambos padres o a uno de ellos por fallecimiento del otro.

Un ejemplo podría ser si fallece ambas partes tendrían que responsabilizarse de esa patria potestad por los abuelos o por aquellos que dictamine el juez.

Escogerá a los paternos o a los maternos, eso ya sería a criterio del juez. Ahora bien, en caso de que no exista ninguna persona que ejerza la patria potestad, o sea que no esté ni el papa, como la mamá, ni los abuelos paternos ni maternos.

Es aquí cuando entra la tutela, únicamente cuando nadie puede ejercer la patria potestad.

Pero también existe un caso cuando hay tutela, y esta es cuando ya eres mayor de edad, pero eres incapaz, es decir, que tienes algún tipo de enfermedad que no te permite autogobernarte y no realizar los actos jurídicos de manera consciente.

Es en estos casos en los que también te asignaría a un tutor. Así es como de manera genérica podríamos hablar de la tutela.

¿Quiénes son los sujetos en la tutela?

Hay un sujeto activo y un sujeto pasivo en esto, el sujeto pasivo son los mayores de edad incapacitados y los menores que no están sujetos a patria potestad y el sujeto activo es quien ejerce la tutela o el tutor y esta puede ser una persona física o moral, una persona física puede ejercer por regla general la tutela de 3 menores como máximo.

A excepción de que se trate de hermanos o herederos, por ejemplo, supongamos que tengo 5 primos, hijos de mi tía, y los 5 podrían estar bajo mi tutela porque todos son hermanos, ahí no aplicaría la norma de 3 tutelas como máximo.

Una persona moral también puede ser tutor siempre y cuando dependa de la capacidad que tenga esta persona moral.

Para esto necesita unos requisitos como:

que no tenga una necesidad lucrativa, que su finalidad sea la protección de los incapaces, estos requieren autorización judicial de los ascendientes para que esta persona moral obtenga la tutela.

Clases de tutela

Existen 3 tipos de tutelas y estas son: tutela testamentaria, tutela cautelar, tutela legitima, tutela dativa, tutela de los menores en situación de desamparo.

Obligaciones del tutor

En este punto vamos a hablar de las obligaciones que tiene el tutor antes, durante y después de la tutela.

Antes la única obligación es garantizar su encargo, tienen que garantizar su encargo de tutor.

Las obligaciones durante la tutela son alimentar al incapaz, educar al incapaz, procurar la rehabilitación del incapaz, informar del estado de salud, representar al incapaz, solicitar autorizaciones al juez de lo familiar frente a los actos jurídicos que pudiera celebrar.

En el caso de que tuviera bienes el menor durante esta tutela, tendría que formular un inventario respecto de los bienes del incapaz, tendría que administrar los bienes del incapaz, representar al incapaz fuera o dentro del juicio

Por último, las obligaciones que tiene el tutor al finalizar la tutela: rendir la cuenta general ante el juez de lo familiar y segundo entregar los bienes que le pertenecen al tutelado si tuviese.

¿A qué tiene derecho el tutor?

Tiene derecho a percibir una remuneración, a que se le pague, ya que no es un cargo gratuito, tiene derecho a reembolsar el dinero que haya gastado, y al ser indemnizado por los daños sufridos por el ejercicio de la tutela.

¿Cuándo puede terminar el tutor su encargo?

El tutor puede terminar su encargo por 2 razones:

Por remoción y otra por excusa. La realidad es que es una obligación al ser la tutela un cargo de interés público.

Existe la posibilidad de que no lo ejerza, ya sea por remoción, porque ya lo aceptaste y te remueve por una causa legal por incumplimiento y tendrías que pagar en todo caso por daños y perjuicios al incapacitado o podrías tu presentar una excusa, ya que estas, están establecidas en la ley y si te aprueban la excusa podrás ser parte del cargo sin ninguna consecuencia.

En caso de que tú no quieras ejercer el cargo de tutor, y te separes del cargo, entonces si podrás pagar daños y perjuicios, y en caso de que tengas derecho de dar por una herencia o una asociación ilegítima perderías el derecho de heredar si no ejerces el cargo de tutor, más la indemnización al incapaz por daños y perjuicios.

O sea, al menor de edad o al mayor de edad que no puede autogobernarse.

Órganos auxiliares de la tutela

Los órganos que organizas o ayudan en este proceso son varios, entre los que destacan:

La figura del curador, que es la persona encargada de vigilar las ocupaciones y obligaciones del tutor y si el curador detecta una anomalía, este, avisa al juez de lo familiar para que tome cartas en el asunto con respecto a la situación que se dé en ese momento.

Otros órganos importantes serían el juez de lo familiar, el ministerio de familia o público, y el consejo local de tutelas.

Con esto concluye esta explicación sobre la tutela.